B.208-98México D.F., agosto 9 de 1998.
APLICA EL ISSSTE REESTRUCTURACIÓN
DE CREDITOS PARA AUTOMOVIL
*El beneficio, para 7,300 trabajadores con adeudos
*La medida reducirá en 59.8 millones de pesos la cartera
La Junta Directiva del ISSSTE aprobó la aplicación de un Programa de Apoyo Adicional a los Deudores por Préstamos para Automóvil, que amparará siete mil 300 créditos otorgados durante el periodo 1990-1994, cuyos adeudos permanecen insolutos al 31 de marzo del presente año.
Así lo dio a conocer la directora general del Instituto, Socorro Díaz, al indicar que la aplicación de este mecanismo se establece en respuesta a las peticiones que al respecto han efectuado los dirigentes de los sindicatos afiliados y de manera especial la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE).
Dicha acción establece que los saldos insolutos de los préstamos citados sólo generarán intereses a partir de enero de 1996 y hasta la liquidación del adeudo, a una tasa equivalente al promedio de CETES a 28 días más cinco puntos porcentuales, vigente en la fecha de contratación del préstamo correspondiente, la cual se consigna en la hoja de liquidación del crédito.
Con este Programa, el Instituto estará en condiciones de disminuir el saldo de la cartera en alrededor de 59.8 millones de pesos, el cual se aplicará en forma automática y sin detrimento para los deudores que aún no han celebrado el convenio modificatorio para reducir los intereses devengados durante el año de 1995, ya que aún tienen oportunidad de realizar el trámite correspondiente.
Este beneficio será aplicable exclusivamente a los derechohabientes que solicitaron un crédito durante el periodo de 1992 a 1994, en quienes tuvieron mayor impacto las altas tasas de interés de los CETES registradas durante 1995 y 1996, ya que los réditos del préstamo están ligados a los rendimientos que otorgan dichos documentos.
Durante el periodo 1990-1994 el Instituto otorgó préstamos para la adquisición de automóviles a una tasa de interés variable de CETES, más cinco puntos porcentuales, ajustable durante la vigencia del crédito.
La recuperación de estos financiamientos se realizó con regularidad hasta el mes de diciembre de 1994, lapso en el que los beneficiarios cubrieron el interés devengado y parte del capital insoluto.
Sin embargo, a partir de 1995, fecha en que se registró un aumento considerable a la tasa de CETES, los descuentos efectuados no alcanzaron a cubrir, por lo menos, los intereses devengados, provocando que los saldos insolutos de capital, sumados a los intereses acumulados no pagados, incrementaran considerablemente la deuda de los trabajadores.
La aplicación de este programa no representa disminución en los ingresos del Instituto programados para la recuperación de los préstamos, en virtud de que éstos se proyectan con base en descuentos quincenales fijos durante el plazo del crédito.
Asimismo y en razón de que durante el presente año concluyen los plazos establecidos en la mayoría de los préstamos otorgados, se estima que se captarán recursos adicionales a los programados, al hacer más accesible el pago de los saldos finales que resulten por las variaciones de las tasas de interés, ocurridas hasta 1995.
La medida se hará del conocimiento de los acreditados por medio de las Subdelegaciones de Prestaciones del Instituto, las representaciones sindicales de las dependencias y entidades adscritas al régimen de la Ley del ISSSTE, y mediante el envío de estados de cuenta a los domicilios registrados en las cuentas individuales de los trabajadores.
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